Qué es la exención de presencia ilegal provisional en Estados Unidos

La exención de presencia ilegal provisional en los Estados Unidos se refiere a un proceso que permite a ciertos familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales solicitar una exención antes de salir del país para asistir a una entrevista de visa de inmigrante. Esta exención se aplica a aquellos individuos que han acumulado tiempo de presencia ilegal en los Estados Unidos y que, de lo contrario, podrían enfrentar una prohibición de reingreso.

El propósito de esta exención es reunir a las familias y reducir las barreras para la reunificación. Para ser elegible, el solicitante debe demostrar que la negación de su admisión a los Estados Unidos resultaría en dificultades extremas para su cónyuge o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales.

La solicitud de la exención de presencia ilegal provisional se presenta junto con la solicitud de visa de inmigrante en el consulado o embajada de los Estados Unidos en el país de origen del solicitante. La decisión sobre la exención se toma antes de que el solicitante salga de los Estados Unidos para asistir a la entrevista de visa.

Es crucial seguir los procedimientos y requisitos específicos establecidos por las autoridades de inmigración de los Estados Unidos al presentar una solicitud de exención de presencia ilegal provisional. La asesoría legal y la comprensión detallada de los requisitos son fundamentales para aumentar las posibilidades de éxito en este proceso.

 

La exención de presencia ilegal provisional en los Estados Unidos, específicamente conocida como “Perdón I-601A,” es un proceso que implica varios pasos. Aquí hay un resumen general, pero es importante buscar asesoramiento legal específico para su situación:

  1. Elegibilidad:
    • Esta exención está destinada a cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales.
  2. Petición del I-130:
    • El ciudadano estadounidense o el residente permanente debe presentar una petición de visa de inmigrante para el pariente extranjero utilizando el formulario I-130.
  3. Aprobación de la I-130:
    • La petición del I-130 debe ser aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
  4. Notificación de Elegibilidad:
    • Una vez aprobada la I-130, el solicitante será notificado y recibirá información sobre cómo presentar la solicitud del I-601A.
  5. Preparación de Documentación:
    • Se debe recopilar la documentación necesaria que respalde la solicitud, incluyendo pruebas de la relación familiar, pruebas de dificultades extremas para el pariente ciudadano o residente permanente, y otros documentos relevantes.
  6. Presentación del Formulario I-601A:
    • El solicitante debe presentar el formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, junto con todas las pruebas y tarifas requeridas.
  7. Revisión y Procesamiento:
    • El USCIS revisará la solicitud y notificará al solicitante si se requiere información adicional o si la solicitud ha sido aprobada.
  8. Cita Consular:
    • Si la I-601A es aprobada, el solicitante recibirá instrucciones para programar una cita consular en su país de origen.
  9. Entrevista Consular:
    • Durante la entrevista consular, se tomará una decisión sobre la visa de inmigrante. La aprobación final del perdón se llevará a cabo en este punto.
  10. Viaje y Admisión:
  • Si la visa de inmigrante es aprobada, el solicitante puede viajar a los Estados Unidos y será admitido como residente permanente.

Es fundamental entender que cada caso es único y puede haber variaciones en el proceso según las circunstancias individuales. Por esta razón, se recomienda encarecidamente buscar el asesoramiento de un abogado de inmigración para guiar a través de este proceso y asegurar que se cumplan todos los requisitos.

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